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Hace un par de días os hablaba por aquí de la sentencia de un juzgado de Barcelona que resuelve que las descargas de contenidos con derecho de autor usando redes P2P no son ilegales si no hay ánimo de lucro. En ese post mostraba mi cabreo por el dinero que se ha gastado el Gobierno en campañas intentando convencernos de lo contrario.

Pues bien, hoy mismo, la organización de consumidores FACUA ha hecho público el resultado de una votación popular en la que la gente ha elegido cuál ha sido el peor anuncio del año. Los consumidores lo han tenido claro: el peor anuncio del año ha sido el que hizo el Ministerio de Cultura bajo el eslogan “Si eres legal, eres legal”.

Y es que, como dice FACUA: “el contenido de la campaña es absurdo y supone un insulto a a millones de ciudadanos, a los que el Ministerio de Cultura llama piratas y equipara a vándalos o delincuentes.”

P2P

Las webs de enlaces y las descargas de contenidos con derecho de autor usando redes P2P son completamente legales siempre y cuando no haya ánimo de lucro.

Y no lo digo yo. Lo dice la sentencia 67/10 del Juzgado Mercantil nº 7 de Barcelona que desestima íntegramente la demanda de la SGAE contra el creador de elrincondejesus.com.

Todo un jarro de agua fría contra la SGAE. Algo de lo que me alegro. Y mucho.

Os recomiendo la lectura de la sentencia.

Lo que debería hacer ahora el Gobierno es rectificar públicamente y pedir perdón por todo el dinero público que ha gastado en campañas en las que decía que estas eran acciones de piratería y que los que las llevamos a cabo somos unos delincuentes. Acusaciones que se ha demostrado que eran falsas y que han costado mucho dinero.

Visto en ElMundo.es
Foto: Brocco Lee

Alucinado me quedo cuando leo los datos que ha publicado el diario La Crónica de León sobre una sentencia que condena a un bar de esa ciudad (demandado por la SGAE) a pagar 2289 euros por poner música en el local.

Los acusados alegaron que sólo ponían música Creative Commons y en la sentencia se dice que el bar también ofertaba a sus clientes “música de actualidad”. Como no conozco más detalles y no sé si para dictar esa sentencia el juez se basó en alguna prueba, no voy a entrar en el fondo del asunto. No sé si tenían razón los representantes del bar o no.

Lo que sí que me parece alucinante (y vuelve a demostrar lo apartados de la realidad que pueden llegar a estar algunos jueces) es que en la sentenecia se usa el término “música de actualidad” como opuesto al de “música Creative Commons”. Como si la música CC nunca pudiese llegar a estar de actualidad. ¿Qué es, entonces?. ¿Música del pasado?.

Han pasado ya unos días y la sentencia condenatoria contra Julio Alonso sigue siendo un tema comentado en la prensa escrita.

Ayer mismo podíamos leer un artículo en El País a partir de la entrevista digital que le hicieron los lectores del diario.

También os recomiendo un interesantísimo artículo titulado “Los blogueros, desprotegidos ante la indefinición jurídica” en Público.

Lo cuenta el propio Julio en su blog. Leedlo ahí.

No hay más que añadir, excepto lo que le he dicho en los comentarios: ahora recurrirá y espero que gane pero, si por cualquier motivo no es así, estoy seguro de que seremos muchos los que ayudemos a Julio Alonso a pagar lo que tenga que pagar.

Porque Julio no se esté defendiendo a sí mismo, nos está defendiendo a todos, a todos los que creemos que no hay que ir con miedo frente a la SGAE, a todos los que creemos que los blogs deben seguir adelante con completa libertad. Entre todos tenemos que pagar nuestra propia defensa.

Animo, Julio.

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